Licencia de intervención del espacio público
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Trámite
PresencialDependencia:
Secretaría de Planeación
Autorización previa para intervenir bienes de uso público incluidos en el espacio público, de conformidad con las normas urbanísticas adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial y en los instrumentos que lo desarrollen y complementen.
Secretaría de Planeación del Municipio
Hora de atención:
Lunes a viernes de 8:00 am a 1:00 pm y de 2:00 pm a 6:00 pm
Tiempo de respuesta: 15 Día(s) - hábil(es)
- Carta de solicitud: 1 Original(es)
- Cédula de ciudadanía : 1 Fotocopia(s)
- Descripción del proyecto : 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Indicando las características generales, los elementos urbanos a intervenir en el espacio público, la escala y la cobertura
- Planos de diseño del proyecto: 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Acotados y rotulados indicando la identificación del solicitante, la escala, el contenido del plano y la orientación norte. Los planos deben estar firmados por el profesional responsable del diseño y debe contener la información señalada en el artículo 27 del Decreto 1469 de 2010.
- Poder o autorización : 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Cuando se actúe mediante apoderado o mandatario
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
- En los casos que el solicitante sea un particular.
- Autorización de la empresa prestadora del servicio público correspondiente:1 Copia(s)
- Anotaciones Adicionales: Esta autorización aplica para particulares cuando se trate de construcción, rehabilitación, reparación, sustitución, modificación y/o ampliación de instalaciones y redes para la provisión de servicios públicos domiciliarios y de telecomunicaciones.
- Autorización de la empresa prestadora del servicio público correspondiente:1 Copia(s)
Anotaciones
Radicar los documentos. En caso de que la solicitud no se encuentre completa, se devolverá la documentación para completarla. Si el peticionario insiste, se radicará la solicitud y deberá complementar la información dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes.